Fiscal ratificó que se buscará «salida alternativa» para concejales investigados por fraude al fisco

El Ministerio Público ratificó que en la audiencia en el Tribunal de garantía de Curicó, fijada para el próximo jueves 24 de marzo, abrirá la puerta para que todos los concejales de esta comuna, formalizados como presuntos autores de delitos de fraude al fisco, opten a una salida alternativa, a través de una suspensión condicional del procedimiento.

Ello fue confirmado por el fiscal Miguel Gajardo, quien acaba de solicitar esta audiencia del 24 de marzo, para plantear “una suspensión condicional del procedimiento”, en torno a los ocho concejales de la comuna de Curicó, contra quienes se formalizó investigación, luego de detectarse irregularidades en sus respectivas rendiciones de gastos por conceptos de viajes y viáticos.

Gajardo, en punto de prensa salió al paso de una serie de especulaciones emitidas principalmente a través de redes sociales, aclarando que solicitar la suspensión condicional de procedimiento, y en consecuencia disponer una salida alternativa a los imputado, aunque sea por fraude al fisco, es una de las herramientas de las que dispone el procedimiento procesal penal.

Añadió que como su nombre lo indica, este procedimiento permite “suspender el procedimiento sujeto a algunas condiciones las que serán evaluadas en esta audiencia”.  Sostuvo que para ello, se deben cumplir ciertos requisitos, por ejemplo que el imputado por su presunto delito no arriesgue penas superiores a tres años; que la persona no se encuentre con condena penal anterior, y que no tenga una suspensión previa.

Al ser consultado el fiscal jefe del Ministerio Público en Curicó dijo no haber recibido presiones de ninguna índole para adoptar esta determinación de plantear una salida alternativa para los concejales, agregando que las herramientas jurídicas del procedimiento permiten acceder a este tipo de instancias que deben ser planteadas ante el Tribunal, y allí ser discutidas.

Por último el profesional reiteró que esta es una via por la que se suspende el procedimiento, por un lapso que puede fluctuar 1 y 3 años, con lo cual no se arriba a la instancia de condena, ni de absolución, con lo que al término de ese tiempo el caso se cierra.