Tribunal absolvió a encargada de ex hogar de adultos mayores de Teno

 

Mujer acusada de causar lesiones a dos personas adultas fue declarada inocente. En todo caso las magistradas efectuaron un reproche a lo que fue el funcionamiento de ese centro en la comuna de Teno

CURICO.- Con un fuerte reproche a lo que fue el funcionamiento del ex Hogar de ancianos “Jesús, María y José” de Teno, el Tribunal oral en lo penal de Curicó determinó finalmente absolver a la mujer que oficiara como encargada de ese centro, echando por tierra los argumentos de la fiscalía que la había acusado como la presunta autora del delito de lesiones graves, supuestamente en desmedro de dos adultos mayores.

El fiscal Miguel Gajardo había planteado acusación, argumentando que hechos supuestamente cometidos por la imputada, Sandra Cartes, habían generado quemaduras en una mujer adulta “en uno de sus brazos a causa de agua caliente que la cuidadora le habrían lanzado, mientras que un varón adulto mayor presentaba lesiones en el abdomen y en zonas cercanas a los genitales provocadas con un elemento incandescente”.

Sin embargo, lo anterior no logró ser acreditado, ya que la victima de quemaduras falleció hace algún tiempo a causa de un cáncer que le afectaba, mientras que el adulto mayor al entregar testimonio en estrado ante las juezas, y atendiendo su alta edad manifestó que sus lesiones habrían sido de tipo “fortuitas, lo que restó credibilidad a la tesis que estaba exponiendo la fiscalía”, explicó Gajardo

Fallo absolutorio

Reconoció que era una de las alternativas que se estimaba pudiera producirse, ante elementos e “imponderables que son propios de personas, de la victimas en este caso, que no tienen sus facultades mentales y físicas totalmente completas, por  lo tanto es presumible que ocurran situaciones como estas; no obstante nos deja tranquilos el trabajo que efectuamos, nos deja tranquilos que en su oportunidad se logró el cierre de este establecimiento”.

Luego que fiscalía y defensor plantearan sus elementos probatorios finalmente la sala del juzgado compuesta por las juezas Patricia Moller, Jimena Orellana, y Paulina Rodríguez  decretaron la absolución, es decir la inocencia de la mujer en los hechos, “ya que el Tribunal estimó que la prueba rendida no fue suficiente para imputar responsabilidad a la administradora del hogar, la señora Sandra Cartes”, indicó el fiscal.

No habían pruebas

Por su parte el abogado defensor público, Julio Herrera, dijo que era esperable este dictamen en favor de su defendida, “ya que lo habíamos dicho anteriormente, no habían pruebas suficientes para condenar, no habían pruebas para establecer la responsabilidad penal de la persona; incluso los mismos testigos de la fiscalía descartaron a mi defendida como la autora de los, por lo tanto no hubo pruebas para condenar”.

Ambos profesionales coincidieron en señalar que las magistrados en la lectura de sentencia, no obstante haber emitido un dictamen de absolución, de igual forma plantearon un fuerte reproche al funcionamiento a ese hogar clausurado  por irregular operación, al no contar siquiera con autorización, ni con las condiciones para atender y recibir a personas adultas mayores como lo estaba haciendo, hasta el 2014 cuando fue clausurado por los organismos respectivos.